"CICLO COMPLEMENTARIO DE ESCRIBANIA PARA ABOGADOS"

 FUNDACIÓN "INSTITUTO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN INTEGRADO GENERACIÓN DEL ´37"


SEÑORES/AS ABOGADOS:

LA FUNDACIÓN "INSTITUTO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN INTEGRADO GENERACIÓN DEL ´37", les comunica y pone en su conocimiento la información respecto del "CICLO COMPLEMENTARIO DE ESCRIBANIA PARA ABOGADOS".
A partir del mes FEBRERO DE 2012, en horario 17,30 a 21 hs. en AV. GENDARMERIA NACIONAL N° 1174 (CONTINUACIÓN AV. LAVALLE PASANDO AV. URQUIZA) de Posadas, se dará inicio a la inscripción al mismo, el que será dictado en esta ciudad, como parte de las extensiones aúlicas de la UNNE (Universidad Nacional del Nordeste). Se informa a aquellos interesados que tuvieran título expedido por Universidad Extranjera, que podrán cursar el ciclo toda vez que su titulo se encuentre DEBIDAMENTE REVALIDADO EN EL PAÍS.



LOS INTERESADOS DEBERÁN ACOMPAÑAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

    • 3 FOTOS DOCUMENTO 4X4
    • COPIA DE TITULO SECUNDARIO
    • COPIA DE TITULO UNIVERSITARIO (cuando se trate de titulo NO emitido por la UNNE, deberá certificar la copia ante escribano público), TITULO EXTRANJERO CON   COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCIÓN DE REVALIDA.
    • CERTIFICADO DE BUENA SALUD, EMITIDO POR ENTIDAD PÚBLICA
    • UNA CARPETA DE CARTULINA ROJA Y UN FOLIO OFICIO


Costo del Ciclo de Complementación de Abogacía para Escribanos
11 cuotas e inscripción por valor de $700. En concepto de gasto administrativo el valor de una cuota.


1. Número total de Asignaturas: Para obtener el título de Escribano el estudiante deberá cursar y aprobar cinco (5) asignaturas.


1° CUATRIMESTRE: NOTARIAL I - SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN - SEMINARIO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA.

2° CUATRIMESTRE: NOTARIAL II - REGISTRAL

 

DIA DE CURSADO: VIERNES A PARTIR DE LAS 17,30 HASTA LAS 21,30 HS

2.Duración del ciclo en años: Un (1) años.

3. Identificación del Nivel del Ciclo: DE GRADO


4.Requisitos de ingreso:

-Condiciones generales establecidas por los órganos competentes de la Facultad y Universidad y demás condiciones que establecen las reglamentaciones

-Poseer título de Abogado, expedido por Instituciones Universitarias Reconocidos por el Ministerio de Educación de la Nación.

VACANTES LIMITADAS
 

 

"INSTITUTO DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN INTEGRADO GENERACIÓN DEL ´37"

Domicilio: Av. Gendarmería Nacional N° 1174 (continuación Av. Lavalle pasando Av. Urquiza) de Posadas

Telefono: 0376 - 4437361

Cel. 376 - 4291994



CICLO DE ESCRIBANIA PARA ABOGADOS - POSADAS

DENOMINACIÓN DE LA CARRERA DE GRADO

Notariado

DENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGA


Escribano Público Nacional

OBJETIVOS DE LA CARRERA

• Profundizar los conocimientos en legislación, doctrina y jurisprudencia de las distintas áreas jurídicas que nutren y sustentan el Derecho Notarial.

• Desarrollar estrategias para el asesoramiento a las partes intervinientes en transacciones, negocios comerciales y actos jurídicos.

• Consolidar el rol del notario como asesor jurídico calificado para intermediar en negocios comerciales del quehacer profesional cotidiano.

• Desarrollar la capacidad de brindar propuestas jurídicas adecuadas para solucionar ingentes controversias que se verifican en la profesión del notario.

• Adquirir procedimientos y técnicas para la configuración de documentos notariales a partir del marco legal vigente

CARGA HORARIA TOTAL

470 horas.

DURACIÓN EN AÑOS

El ciclo de complementación curricular tiene una duración de un año

REQUISITOS DE INGRESO

Poseer título de Abogado emitido por Universidades de gestión estatal o privadas del país u obtenido en el extranjero debidamente revalidado en la Argentina.

CAMPO PROFESIONAL

El campo profesional del Notario o Escribano está dado en general por las prescripciones de las leyes orgánicas notariales de cada provincia, quienes establecen los deberes, atribuciones, competencia territorial y ratione materiae, e incompatibilidades, así como códigos de ética y deontología notarial, lo que abona la posición doctrinaria amplia que sostiene que el escribano ejerce una magistratura con delegación del Estado, obligatoria, reglada y jurisdiccional restringida. Es profesional del derecho a cargo de una función pública, para cuyo ejercicio es investido por el Estado conforme a las prescripciones de las leyes orgánicas notariales de cada provincia. Pueden desempeñar las siguientes funciones:

• Ejercer en todos los aspectos la función notarial conforme a las atribuciones que le asignan las leyes específicas que regulan la función.

• Dar autenticidad a los hechos y actos jurídicos con su intervención y los que requieran formalidad de escritura pública.

• Labrar toda clase de actas de notoriedad.

• Como escribanos de gobierno y municipalidades.

• En la carrera judicial.

• Director de Registros Públicos de distinta naturaleza.

• Peritos inventariadores y tasadores en los juicios sucesorios.

• Asesor de empresas en lo atinente a las cuestiones jurídicas formales.

• En el mundo de la economía y de las finanzas como asesor y especialista en contratación.

• Incumbencias emergentes de los Códigos de Procesamiento Civil y Comercial.

• Intervención en ejecuciones especiales reguladas en la Ley Nº 24.441.

ALCANCES DEL TÍTULO

• Ejercer la profesión de conformidad a las leyes orgánicas notariales.

• Realizar gestiones en todas las reparticiones públicas y registros públicos de cualquier naturaleza.

• Ejercitar las funciones que le asignan los Códigos Procesales de cada demarcación.

• Actuar como mediador o conciliador judicial o extrajudicial.

• Realizar todos los actos que sean de competencia de su profesión.

• Presentar recursos contenciosos registrales.