Perfilado de sección

    • Espacio Técnico: Sistema Alerta Sofía

      Entorno de recursos de alta prioridad para Magistrados/as, Fiscales/as y Funcionarios/as del Poder Judicial. Diseñado para brindar herramientas cognitivas y procedimentales para evaluar, fundamentar y requerir la activación de este mecanismo excepcional de difusión masiva ante la desaparición de niños, niñas y adolescentes.

      🎥 Bloque Principal: Cápsula Técnica

      Cápsula Técnica: Marco Normativo y Protocolo de Activación
      En este material audiovisual se resumen de manera estricta los cuatro criterios de procedencia concurrentes y la responsabilidad del operador judicial en el control de legalidad.

      Recursos Disponibles

      📋 Guía Práctica para el Funcionario Judicial: "Hoja de Ruta de Activación"

      👇 Haga clic en cada sección azul para desplegar el texto normativo estandarizado

      📌 ¿Cuándo evaluar la activación? ▶ Clic para abrir
      Debe realizarse de manera obligatoria en las primeras horas desde la toma de la denuncia por desaparición de un menor de 18 años, siempre que se sospeche de manera fundada un riesgo inminente para su vida o integridad.
      📌 ¿Dónde y ante quién se solicita? ▶ Clic para abrir
      El Poder Judicial o el Ministerio Público Fiscal no activan el sistema de forma directa en las redes sociales, sino que lo requieren formalmente a la autoridad de aplicación.

      Organismo Coordinador: Coordinación de Búsqueda de Personas Desaparecidas (dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación) junto con el Comité de Alerta Sofía.
      Vía de Comunicación de Emergencia: Se realiza mediante los canales específicos y las líneas de enlace técnico que el Ministerio de Seguridad provee de forma directa a las fiscalías y juzgados de turno (correos institucionales específicos y telefonía de enlace rápido habilitada para el Poder Judicial).
      📌 Paso a Paso para la Solicitud ▶ Clic para abrir
      Verificación Concurrente: El/la Fiscal o Juez comprueba que se cumplen los 4 requisitos (Menor de 18 años + Riesgo Inminente + Vulnerabilidad + Utilidad de la difusión).
      Confección del Oficio/Requerimiento: Se redacta una orden fundada (no administrativa) que debe contener de forma obligatoria:
      • Datos filiatorios completos de la víctima.
      • Fotografía reciente y en alta calidad (esencial para las alertas de Meta/Facebook y medios).
      • Relato sucinto de las circunstancias de la desaparición.
      • Fundamentación técnica del peligro y de por qué la difusión pública masiva es idónea y no perjudicará la investigación.
      📌 Remisión Urgente ▶ Clic para abrir
      Se envía el requerimiento por los canales de enlace rápido al Ministerio de Seguridad de la Nación.
      📌 Articulación y Monitoreo ▶ Clic para abrir
      El Comité de Alerta Sofía evalúa la factibilidad técnica en minutos y, de ser aprobado, se dispara la alerta a nivel nacional e internacional.
      🔗 Enlaces Oficiales y Accesos Directos

      Acceso directo al portal del Ministerio de Seguridad de la Nación y a la publicación oficial de la norma:

      ⚠️ Información Importante

      Aspectos esenciales para la correcta utilización del Sistema:
      El Sistema Alerta Sofía es una medida de carácter excepcionalísimo. La masividad de su difusión (redes de Meta, buscadores y medios de comunicación) implica que un uso desmedido o sin la fundamentación de los 4 requisitos concurrentes puede restar efectividad a futuras alertas y vulnerar el derecho a la intimidad y seguridad del propio menor afectado. El control de legalidad del Magistrado interviniente es la máxima garantía del proceso.