Ante el escenario actual y con la idea de atenuar el impacto sanitario en concordancia con las medidas establecidas por el gobierno nacional, el provincial y bajo los lineamientos del STJ de la provincia de dar continuidad a la tarea de capacitar, desde el Centro Capacitación Judicial de la Provincia de Misiones se está brindando una serie de charlas y capacitaciones destinadas a sus integrantes.
Las mismas bajo la modalidad online a través del Aula Virtual y con herramientas tecnológicas como Zoom, y Streaming de video. Se pretende no solo continuar con la tarea que realiza habitualmente sino además dar respuesta a los nuevos desafíos producto de la dinámica con que la pandemia avanza.
Además, se continúa con la tarea de dar difusión a las distintas alternativas u ofertas académicas ofrecidas generadas por convenios con instituciones o productos colaborativos de otros centros de formación judicial.
Los ministros del Superior Tribunal de Justicia resolvieron crear un “Fondo Solidario de Emergencia Sanitaria” en la búsqueda de colaborar en la protección del bien superior jurídicamente protegido: derecho a la salud de nuestra población.
Acompañando las políticas de mitigación de la crisis epidemiológica que atraviesa el pueblo argentino los miembros del Alto Cuerpo, a través de su presidente la ministra Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, determinaron la creación de un “Fondo Solidario de Emergencia” donde efectuarán aportes e invitan a todos los integrantes del Poder Judicial de Misiones a contribuir, de manera voluntaria, en la lucha contra la pandemia que atraviesa al País y en especial a la Provincia.
A partir de este jueves 2 de abril se encontrará habilitada la cuenta corriente, denominada Cuenta Solidaria, en el Banco Macro S.A sucursal I con el CBU Nro. 2850001030094171569931-CUIT 30-99907040-6, cuyos fondos serán derivados directamente a la cuenta COVID19 que el Parque de la Salud de la Provincia ha creado para contar con este tipo de aportes.
En referencia al acuerdo N°03/2020 el presente Instructivo está destinado a Abogados de la Matrícula del Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones y tiene por objetivo indicar la metodología para operar dentro del SIGED respecto de los aspectos normados por medio del Excmo. Superior Tribunal de Justicia.
Por ACUERDO EXTRAORDINARIO NÚMERO DOS DEL 2020 Los Señores Ministros del Alto Cuerpo ACORDARON: en su carácter de órgano de Gobierno del Poder Judicial de la Provincia se extremen los recaudos a adoptar con el fin preservar la salud del personal, como así también todas aquellas personas que concurran los tribunales y dependencias que lo integran, para contribuir con la contención y prevención de propagación del virus del dengue y la Pandemia Coronavirus COV-19.
Por ello; en uso de Facultades Constitucionales, Legales y Reglamentarias vigentes, los Señores Ministros presentes, resuelven:
1) DISPONER un Plan de Contingencia que tendrá el tratamiento del receso judicial extraordinario por razones sanitarias que se establece sin perjuicio de sujeción todo el personal disponible a las necesidades servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por lo que no deben ausentarse de sus lugares de residencia.Se entiende como necesidades del servicio todos aquellos servicios esenciales dispuestos por el Superior Tribunal de Justicia para el sistema judicial.
Las autoridades del Cuerpo Médico Forense (CMF), establecen por resolución Nº 08/2020 que, a partir de la fecha los trámites administrativos de licencias médicas se deberán presentar mediante la casilla de correo habilitada a tal fin:
En caso de contar con documental médica de respaldo (certificado, estudios) que acrediten su estado de enfermedad, deberán ser remitidas al mismo correo electrónico.
A su vez, el tramite no habilita el otorgamiento espontaneo de la licencia, el que quedará supeditado a la valoración del CFM.
No será función del CMF realizar constataciones domiciliarias de estado de enfermedad bajo ninguna situación, salvo requerimiento de los Jefes de Dependencia, Jueces y Ministros la que se realizará bajo estrictas normas de bioseguridad del equipo debidamente habilitado a tal fin, entendiéndose que este recurso será de extrema necesidad, insalvable y emergente.
A continuación adjuntamos ficha médica