Dio inicio la Serie de Charlas por Videoconferencia organizada en vistas de dar continuidad a las actividades ante la cuarentena por el COVID19.
La primera de ellas se realizó el día 06 de abril y estuvo a cargo de la Dra. Miryan Elizabet Guidek, Defensora Oficial de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia N° 8 de Garupá.
La capacitadora hizo un abordaje sobre las medidas de protección integrales para niñas/niños y adolescentes que se encuentran institucionalizados en hogares con vivenciales sin cuidados parentales, resaltando la necesidad que todas las intervenciones administrativas y judiciales se realicen teniendo en cuenta a los niños como sujetos de derecho, como así mismo el cambio de paradigma y los principios de interés superior del niño, la no discriminación; el derecho a ser oído teniendo en cuenta su capacidad progresiva, en todas las decisiones en donde estén involucrados sus derechos, entre otras.
Ante el escenario actual y con la idea de atenuar el impacto sanitario en concordancia con las medidas establecidas por el gobierno nacional, el provincial y bajo los lineamientos del STJ de la provincia de dar continuidad a la tarea de capacitar, desde el Centro Capacitación Judicial de la Provincia de Misiones se está brindando una serie de charlas y capacitaciones destinadas a sus integrantes.
Las mismas bajo la modalidad online a través del Aula Virtual y con herramientas tecnológicas como Zoom, y Streaming de video. Se pretende no solo continuar con la tarea que realiza habitualmente sino además dar respuesta a los nuevos desafíos producto de la dinámica con que la pandemia avanza.
Además, se continúa con la tarea de dar difusión a las distintas alternativas u ofertas académicas ofrecidas generadas por convenios con instituciones o productos colaborativos de otros centros de formación judicial.
Los ministros del Superior Tribunal de Justicia resolvieron crear un “Fondo Solidario de Emergencia Sanitaria” en la búsqueda de colaborar en la protección del bien superior jurídicamente protegido: derecho a la salud de nuestra población.
Acompañando las políticas de mitigación de la crisis epidemiológica que atraviesa el pueblo argentino los miembros del Alto Cuerpo, a través de su presidente la ministra Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, determinaron la creación de un “Fondo Solidario de Emergencia” donde efectuarán aportes e invitan a todos los integrantes del Poder Judicial de Misiones a contribuir, de manera voluntaria, en la lucha contra la pandemia que atraviesa al País y en especial a la Provincia.
A partir de este jueves 2 de abril se encontrará habilitada la cuenta corriente, denominada Cuenta Solidaria, en el Banco Macro S.A sucursal I con el CBU Nro. 2850001030094171569931-CUIT 30-99907040-6, cuyos fondos serán derivados directamente a la cuenta COVID19 que el Parque de la Salud de la Provincia ha creado para contar con este tipo de aportes.
En referencia al acuerdo N°03/2020 el presente Instructivo está destinado a Abogados de la Matrícula del Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones y tiene por objetivo indicar la metodología para operar dentro del SIGED respecto de los aspectos normados por medio del Excmo. Superior Tribunal de Justicia.
Por ACUERDO EXTRAORDINARIO NÚMERO DOS DEL 2020 Los Señores Ministros del Alto Cuerpo ACORDARON: en su carácter de órgano de Gobierno del Poder Judicial de la Provincia se extremen los recaudos a adoptar con el fin preservar la salud del personal, como así también todas aquellas personas que concurran los tribunales y dependencias que lo integran, para contribuir con la contención y prevención de propagación del virus del dengue y la Pandemia Coronavirus COV-19.
Por ello; en uso de Facultades Constitucionales, Legales y Reglamentarias vigentes, los Señores Ministros presentes, resuelven:
1) DISPONER un Plan de Contingencia que tendrá el tratamiento del receso judicial extraordinario por razones sanitarias que se establece sin perjuicio de sujeción todo el personal disponible a las necesidades servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por lo que no deben ausentarse de sus lugares de residencia.Se entiende como necesidades del servicio todos aquellos servicios esenciales dispuestos por el Superior Tribunal de Justicia para el sistema judicial.